14 de Julio, 2011
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Jubilaciones y Pensiones |
Preguntas Frecuentes sobre jubilaciones y pensiones |
1. ¿Puedo jubilarme si no tengo aportes?
Sí puede, contáctenos para recibir más información sobre el procedimiento para jubilarse sin aportes.
2. Soy extranjero, ¿puedo jubilarme igual?
Si ingresó al país con anterioridad a septiembre de 1979, contáctenos para gestionar su jubicación.
3. Soy pensionado/a, ¿puedo obtener mi jubilación igualmente?
Sí, la única diferencia con aquellas personas que no cuentan con una pensión u otro tipo de beneficio es que la moratoria deberá abonarla de contado, no pudiendo pagarla en cuotas que se deducen de su haber jubilatorio mensual.
4. ¿Qué es y dónde obtengo la clave fiscal?
La clave fiscal es una contraseña que otorga la AFIP para poder realizar ciertos trámites, La misma se solicita presentándose con DNI, Libreta Cívica o de Enrolamiento en la dependencia de la AFIP más cercana a su domicilio para consultar cual es acceda al siguiente link:
http://www.afip.gov.ar/genericos/datos_de_dependencias/agencias/agencias_main.asp.
Por favor tenga en cuenta que este trámite es personal.
5. ¿Es obligatorio que el empleador me entregue un certificado de servicios y remuneraciones?
Sí, de no hacerlo se lo debe intimar mediante telegrama o carta documento para que lo haga de inmediato.
6. ¿Qué pasa si ya no existen las empresas donde trabajé?
En estos casos debe presentarse algunas de las siguientes pruebas: un comprobante de la inexistencia de la empresa en la cual la persona ha trabajado, mediante un telegrama al empleador solicitando el certificado; los recibos de sueldo; y un comprobante de afiliación a obras sociales y /o gremios. Lo anterior debe ser acompañado con una Declaración Jurada Testimonial Acreditación de Servicios, con dos testigos por cada una de las empresas desaparecidas.
7. Todavia no tengo la edad, pero quiero ir preparando mi jubilación, ¿debo iniciar algún tipo de trámite?
Es aconsejable concurrir al ANSES más cercano a su domicilio y solicitar un listado de aportes donde se consignan los servicios prestados (usualmente denominado sábana). Luego gestione la clave fiscal y llámenos para comenzar a organizar el trámite con anticipación y evitar que cualquier inconveniente posterior demore la obtención del beneficio.
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publicado por
valeriabartfai a las 21:02 · 9 Comentarios
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mi esposo se quiere jubilar pero necesita sacar la hoja única de servicio en méxico, pero no tiene el último talón de pago ¿qué puede hacer?.
Estimada, solo puedo asesorarla con respecto a legislación Argentina que es donde ejerzo mi profesión. Atte, Dra Valeria Bartfai
Hola, quería saber si una jubilada de la policía de la provincia de As. As. con grado de comisario puede cobrar también la pensión por viudez de su pareja, un suboficial mayor también de la misma fuerza?
Iniciado el tramite jubilatorio y cumplido los 65 años de edad, la empresa donde trabajo me debe mantener la fuente de trabajo hasta que se apruebe la jubilación o puede prescindir de mis servicios por haber llegado a la edad requerida para jubilarme?
Iniciado el tramite jubilatorio y cumplido los 65 años de edad, la empresa donde trabajo me debe mantener la fuente de trabajo hasta que se apruebe la jubilación o puede prescindir de mis servicios por haber llegado a la edad requerida para jubilarme?
quiero una consulta por email soy discapacitada auditiva y quiero jubilarme no puedo abonar el servicio puede asesorarme? solo son dos palabras respondame mi casilla es elidatita@ hotmail.com tambien puedo ir personalmente si es necesario gracias saludos
Mi esposa fue intimada a iniciar los trámites para jubilarse. Al revisar los aportes a través de la página de la AFIP, surge que hay cinco meses de aportes y contribuciones desde 5/14 a 3/15 que el empleador declaró pero incluyo en una moratoria a 10 años. Como se procede en ese caso?
En caso de estar en falta a la ley 4558(Santiago del Estero)de incompatibilidades de cargos(desde 1998 hasta el 20014)),dicha infraccion esta prescripta?
Nota:El estado(o ente acreedor) nunca reclamo la falta(o multa o cargo) desde 1998.
Gracias
LEY 4.558 SANTIAGO DEL ESTERO, 27 de Diciembre de 1977 Boletín Oficial, 12 de Enero de 1978 Individual, Solo Modificatoria o Sin Eficacia
hola, necesitaría por favor información ya que mi suegra cumple 60 años el 18 de septiembre de 2016, según ANSES no tiene un solo aporte. Me podrian decir si le corresponde la jubilación o estaría en vigencia la pensión a la vejez, si la edad sigue siendo hasta los 60 o la llevaron a 65 años, gracias
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SOBRE MÍ |
Estudio Juridico BP& Asoc.
Sucesiones, Divorcios, Alimentos, Regimen de Visitas. Reclamos Judiciales y Extra Judiciales a Cías. De Seguros Desalojos, Contratos Ejecucion de Alquileres,Expensas, pagares. Trabajo no registrado, despidos, SECLO.
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